Según la Ley de Tránsito, el TAXÍMETRO debe ser utilizado las 24 horas del día, esta disposición descarta un aumento de la tarifa en horas nocturnas o en fechas festivas. Y sanciona la "viveza criolla": "el conductor de taxi, que no use taxímetro, altere su funcionamiento o no lo exhiba comete una contravención leve de tercera clase".
Esta contravención es sancionada con una multa equivalente al 15 % de la remuneración básica unificada (es decir 51 dólares para el 2014), 20 horas de trabajo comunitario y la reducción de 4,5 puntos en la licencia de conducir".

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